Resolución de 29 de
diciembre de 2011, de
Publicado en el B.O.E. de fecha 20 de ENERO de 2012
La convocatoria se regirá por las siguientes
bases:
1. Requisitos para
tomar parte
De conformidad con lo establecido en el artículo
46 del citado Reglamento Regulador de las Escuelas Particulares de Conductores
de Vehículos de Motor, para tomar parte en el curso será necesario:
a) Estar en posesión del título de Educación
Secundaria Obligatoria o de Técnico (Formación Profesional de Grado medio) o
acreditar documentalmente que se poseen estudios equivalentes o superiores.
b) Ser titular del permiso de conducción de
c) Poseer las condiciones psicofísicas y
psicotécnicas que actualmente se exigen al grupo 2 de conductores, según lo
dispuesto en el artículo 45 del Reglamento General de Conductores. Por
excepción, quienes, sin poseerlas, estén en posesión de un permiso de clase B o
un permiso extraordinario de
Dichos requisitos deberán cumplirse el día en
que finalice el plazo de presentación de instancias y continuar vigentes
durante el proceso formativo.
Si, con ocasión de las pruebas de selección o
durante el desarrollo del curso, se tuviera conocimiento de que alguno de los o
las aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos, o de la
certificación acreditada resultase que la solicitud adolece de errores o
falsedades que imposibilitaran la obtención del Certificado de Aptitud de
Profesor de Formación Vial, en estos supuestos, y previa audiencia del
interesado, se tramitará la exclusión del aspirante.
2. Solicitudes y plazo
de presentación de instancias y derechos de examen
1. Quienes deseen tomar parte en el curso, hayan
o no superado la prueba previa de selección en anteriores convocatorias deberán
presentar su solicitud conforme al modelo que figura en el anexo I de
El plazo de presentación de solicitudes será de
30 días naturales, contado a partir del día siguiente al de publicación de
2. En la solicitud constarán número del
Documento Nacional de Identidad o Número de Identificación de Extranjero, datos
de identificación del o de la solicitante, fecha de nacimiento, domicilio del
interesado, teléfono, correo electrónico, si lo tuviera, el título de Educación
Secundaria Obligatoria, equivalente o superior que posea y si está exento de la
prueba previa de selección.
Para rellenar la solicitud, las personas
aspirantes deben tener en cuenta las siguientes instrucciones:
a) Los datos deberán escribirse en mayúscula de
manera clara y perfectamente legible.
b) Será necesario rellenar todos los datos.
c) Es imprescindible que la solicitud esté
firmada por el o la aspirante, que también deberá firmar la declaración jurada
o promesa, incluida en la solicitud, de que cumple los requisitos para tomar
parte en el curso, señalados en la base 1.
A la solicitud se acompañará el justificante de
haber abonado de la forma que se indica en el apartado siguiente 43,12 euros en
concepto de derechos de examen.
El pago de los derechos de examen se efectuará
en cualquier oficina del Banco de Santander o mediante transferencia desde
cualquier entidad bancaria a la cuenta corriente número 0049-5103-70-2416000498
del Banco de Santander y a nombre de
La solicitud, junto con el resto de la documentación,
se dirigirá a la Secretaría del Tribunal para la obtención del Certificado de
aptitud de Profesores de Formación Vial, en la dirección que se indica en la
base 12 y podrá presentarse a través de las Jefaturas Provinciales y Oficinas
Locales de Tráfico o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La falta de acreditación del pago determinará la
exclusión del o de
3. Lista de admitidos
a la prueba previa de selección
Por resolución del Presidente del Tribunal se
hará pública las relaciones provisionales de admitidos y excluidos a la prueba
previa de selección, así como de los exentos de realizarla por haberla superado
en anteriores convocatorias.
Las reclamaciones contra esta lista provisional
habrán de presentarse dentro del plazo que se indique en dicha Resolución.
Una vez examinadas por el Tribunal las
alegaciones que en su caso se presenten, por Resolución del Presidente del
Tribunal se hará pública la relación definitiva de aspirantes admitidos y
excluidos a la prueba previa de selección, así como de los exentos de
realizarla por haberla superado en anteriores convocatorias.
4. Prueba previa de
selección
4.1 Prueba previa de selección.–Los aspirantes admitidos
no exentos serán sometidos a una prueba previa de selección que consistirá en
la realización de dos pruebas eliminatorias, una teórica y otra práctica. Para
superar la Prueba previa de selección los aspirantes deberán ser declarados
aptos en ambas pruebas.
Para realizar dichas pruebas, los aspirantes
deberán ir provistos del Documento Nacional de Identidad, los españoles, y de
la Tarjeta de Residencia o de Identidad en vigor, o en su defecto, del
Pasaporte, los extranjeros. Para la prueba práctica, además, del permiso de
conducción en vigor y de la documentación correspondiente del vehículo a
utilizar, verificándose previamente a la realización de ésta si es titular del
permiso de
La presentación de estos documentos podrá ser
exigida por el Tribunal durante el desarrollo de las pruebas y la no
presentación de los mismos podrá llevar aparejada la no admisión a su
realización y la exclusión del proceso.
4.2 Prueba teórica.–La prueba teórica, que
versará sobre normas relativas a conductores, vehículos y circulación, señales
reguladoras de la circulación y cuestiones de seguridad vial, tendrá carácter
eliminatorio. Consistirá en contestar por escrito, en impreso facilitado al
efecto, a un cuestionario de 30 preguntas sobre las materias antes indicadas,
siguiendo un sistema de elección múltiple.
Para superar la prueba teórica y acceder a la
prueba práctica es necesario contestar correctamente, al menos, 28 preguntas.
El tiempo para realizar la prueba será de 1
minuto por pregunta.
4.3 Prueba práctica.–La
prueba práctica que deberán realizar los aspirantes no exentos, de acuerdo con
lo establecido en el apartado 7.1, versará sobre técnica y dominio de la
conducción y circulación en vías abiertas al tráfico, y tendrá una duración
mínima de 25 minutos.
Se desarrollará en vías, tanto urbanas como
interurbanas, abiertas al tráfico general, conduciendo un turismo aportado por
el o la aspirante con cambio de marchas manual.
Dicha prueba, que tendrá carácter eliminatorio,
irá encaminada a comprobar la aptitud y experiencia del aspirante en el manejo
del vehículo y sus mandos y en el cumplimiento de las normas y señales
reguladoras de la circulación, así como su comportamiento y actitudes en
relación con los diversos factores que intervienen en el tráfico, la conducción
eficiente y la capacidad de adaptación a las incidencias y situaciones de la
circulación, con especial atención a la seguridad.
Para la calificación de la prueba se estará a lo
que determine el Tribunal Calificador, que tendrá en cuenta lo establecido en
el Reglamento General de Conductores y normas de desarrollo y se publicará
mediante nota informativa con la suficiente antelación.
Quienes superen dicha prueba práctica pasarán a
realizar el curso, que se desarrollará conforme a lo establecido en la base 5.
4.4 Relación de aptos en la prueba previa de
selección.– Finalizada la prueba previa de selección,
por resolución del Presidente del Tribunal se hará pública la relación
provisional de aspirantes aptos en
La relación provisional de aptos de la prueba
previa de selección será elevada a definitiva una vez examinadas las
alegaciones que, en su caso, se presenten. La relación definitiva incluirá los
declarados aptos en la prueba previa de selección y los exentos de la misma por
haberla superado en anteriores convocatorias, todos los cuales pasarán a
realizar la fase de enseñanza a distancia a que se refiere la base 5.1.
5. Régimen del curso
El curso, que tendrá carácter teórico y
práctico, constará de dos fases: una de enseñanza a distancia y otra de
formación presencial en el centro donde el curso se celebre.
5.1 Fase de enseñanza a distancia.–Esta
fase tendrá carácter teórico y versará sobre las materias o asignaturas que se
relacionan a continuación:
a) Normas y señales reguladoras de la
circulación vial.
b) Cuestiones de seguridad vial, técnica de
conducción y circulación económica, medio ambiente y contaminación, accidentes
de circulación, causas, factores que intervienen en los mismos.
c) Reglamentación general de vehículos y en
especial de los vehículos pesados, transporte de personas y mercancías,
prioritarios y especiales.
d) Seguro de automóviles.
e) Normativa por la que se regulan los permisos
de conducción, sus clases y las pruebas de aptitud a realizar para su obtención.
f) Normativa por la que se regula el aprendizaje
de la conducción y los centros de formación de conductores.
g) Pedagogía y Psicología aplicadas a la
conducción.
h) Mecánica y entretenimiento simple de los
automóviles.
i) Comportamiento y primeros auxilios en caso de
accidente de tráfico.
El programa concreto con el temario de cada una
de estas materias se publicará con antelación suficiente para permitir la
preparación de esta fase.
En la fase de enseñanza a distancia, los alumnos
realizarán dos evaluaciones de las siguientes materias:
|
Materias |
1.ª evaluación |
2.ª evaluación |
|
Normas y señales reguladoras de la
circulación vial |
Temas 1 al 10. |
Tema 11 y siguientes. |
|
Cuestiones de seguridad vial,
accidentes de tráfico |
Temas 1 al 12. |
Temas 13 y siguientes. |
|
Reglamentación general de vehículos y
en especial de los vehículos pesados, transporte de personas y mercancías,
prioritarios y especiales |
Temas 1 al 7. |
Temas 8 y siguientes. |
|
Seguro de automóviles |
|
Todos los temas. |
|
Normativa por la que se regulan los
permisos de conducción, sus clases y las pruebas de aptitud a realizar para
su obtención |
Todos los temas. |
|
|
Normativa por la que se regula el
aprendizaje de la conducción y la de los centros de formación de conductores |
|
Todos los temas. |
|
Pedagogía y Psicología aplicadas a la
conducción |
Temas 1 al 7. |
Tema 8 y siguientes. |
|
Mecánica y entretenimiento simple de
los automóviles |
Temas 1 al 5. |
Tema 6 y siguientes. |
|
Comportamiento y primeros auxilios en
caso de accidente |
Todos los temas. |
|
El intervalo entre ambas evaluaciones será de
dos meses como mínimo. Los alumnos dispondrán de un tiempo máximo de veinte
minutos por cada una de las materias a las que tienen que contestar en cada
evaluación.
Cada evaluación consistirá en contestar por
escrito, en impreso facilitado al efecto, a un cuestionario de diez preguntas
por cada asignatura.
Para realizar las evaluaciones, los aspirantes
deberán ir provistos del Documento Nacional de Identidad, los españoles, y de
la Tarjeta de Residencia o de Identidad en vigor, o en su defecto, del
Pasaporte, los extranjeros. La presentación de estos documentos podrá ser
exigida por el Tribunal durante el desarrollo de las pruebas y la no
presentación de los mismos llevará aparejada la no admisión a su realización y
la exclusión del proceso.
Las evaluaciones de la fase de enseñanza a
distancia tendrán lugar en un único día, siendo excluidos de las mismas quienes
no comparezcan a las horas en que, en su caso sean convocados a la misma sea
cual fuere la causa que pudiera alegarse al respecto.
Las evaluaciones superadas tendrán carácter
liberatorio. Los resultados obtenidos en cada evaluación se harán públicos en
los tablones informativos de
Finalizada la fase de enseñanza a distancia, por
resolución del Presidente del Tribunal se publicarán los resultados de la
misma, así como la relación provisional de aspirantes admitidos a la fase de
formación presencial, conforme se expresa en el punto 5.1 de la base 5 de
Las alegaciones contra los resultados, habrán de
presentarse dentro del plazo que se señale en dicha resolución. La relación
provisional de aptos será elevada a definitiva una vez examinadas las
alegaciones que, en su caso, se presenten.
Los aspirantes relacionados en el listado
definitivo de aspirantes admitidos a la fase de formación presencial, en el
plazo de veinte días hábiles, contados a partir del siguiente a aquél en que
sea publicada la relación provisional de admitidos a dicha fase, deberán:
a) Aportar copia o fotocopia, debidamente
cotejada con el original, del título de Educación Secundaria Obligatoria, del
título de Técnico (Formación Profesional de Segundo Grado), equivalente o
superior que posea.
En el caso de título equivalente, tal
equivalencia habrá de estar acreditada mediante certificación expedida por la
Autoridad educativa correspondiente.
Aquellos aspirantes que hubieran cursado sus
estudios en un sistema educativo distinto al sistema educativo español, deberán
acreditar los mismos mediante certificación u homologación, en su caso,
expedida por el Ministerio de Educación.
b) Acudir a un centro de reconocimiento de
conductores autorizado para superar las pruebas de aptitud psicofísicas
exigidas a los conductores del grupo 2, sin perjuicio de lo establecido en la
base 1 letra c). Los centros de reconocimiento de conductores emitirán un
informe que remitirán telemáticamente a
Si del examen de los documentos anteriormente
relacionados se detectara que algún interesado no reúne los requisitos exigidos
en la base 1 de
Si dentro del plazo fijado en el párrafo
anterior no se presentara la documentación requerida o del examen de la misma
resultara que el o la aspirante carece de alguno de los requisitos exigidos en
la base 1 de
5.2 Fase de formación presencial. Los
solicitantes que superen todas las materias o asignaturas de la fase de
enseñanza a distancia pasarán, por orden de la calificación obtenida, a realizar
la fase de presencia.
Los casos de empate se decidirán teniendo en
cuenta las directrices que establezca
Para asistir a la fase de presencia, que se
desarrollará en los lugares que se indican en la base 6, los aspirantes serán
distribuidos en tantos grupos y turnos como sea necesario, los cuales serán
citados sucesivamente a dicha fase.
El número máximo de plazas admitidas para cada
turno de la fase de presencia podrá incrementarse en un 5 por 100 para quienes
soliciten un Certificado de Aptitud de Profesor de Formación Vial limitado a
enseñanzas de carácter teórico.
Quienes siendo citados a dicha fase no asistan a
la misma decaerán en sus derechos, salvo justificación suficiente a criterio
del Tribunal calificador.
La fase de presencia tendrá una duración de diez
semanas, aproximadamente, tiempo que se destinará, proporcionalmente, a
enseñanzas teóricas y su aplicación práctica, de acuerdo con el programa
elaborado por el Tribunal calificador.
6. Lugares de
celebración
1. Prueba previa y fase de enseñanza a
distancia. La prueba previa de selección y las evaluaciones de la fase de
enseñanza a distancia tendrán lugar en la provincia de residencia del
solicitante.
2. Fase de Presencia.–Los turnos de la fase de
presencia tendrán lugar en Alicante, Cantabria, Madrid, Málaga, Las Palmas de
Gran Canaria, Palma de Mallorca, Santiago de Compostela, Sevilla, Valencia,
Valladolid y Zaragoza, en los locales que oportunamente se señalen al
publicarse los listados de convocados en cada uno de los turnos cuando, por el
número de aspirantes se programe más de uno, y se ajustarán al horario y
programación que fije el Tribunal calificador.
Los aspirantes deberán indicar en el modelo de
solicitud de participación en la convocatoria la localidad en la que desean
realizar la fase de presencia en el turno que les corresponda, según la
calificación obtenida en la fase de enseñanza a distancia y de la
disponibilidad de plazas, señalando una segunda localidad para el caso de que
no se celebrase el turno en la primera sede indicada.
Los turnos en cada una de las localidades
relacionadas en el párrafo segundo anterior se realizarán siempre que el número
de alumnos potencialmente asistentes en cada una de ellas no sea inferior a 90,
en cuyo caso podrá no celebrarse el turno en esa localidad y los alumnos que la
hubieran elegido en primer lugar serán agregados a la otra localidad que
hubieran reseñado en su solicitud o, en su defecto, a uno de los turnos a
realizar en Madrid.
7. Exenciones
7.1 Estarán exentos de realizar la prueba previa
de selección, tanto teórica como práctica, quienes la hubieren superado en
alguno de los cursos convocados por
7.2 Quienes deban realizar la prueba previa por
no haberla superado nunca en convocatorias anteriores, estarán exentos de
realizar la prueba práctica de conducción y circulación en vías abiertas al
tráfico de la prueba previa, si son titulares de permisos de conducción en
vigor de las clases C1 o superiores obtenidos antes del día 29 de diciembre de
2011.
7.3 En cualquier caso, estarán exentos de
realizar la prueba práctica correspondiente a la prueba previa de selección los
que, por no poseer las condiciones de aptitud psicofísicas requeridas para el
grupo 2 de conductores del artículo 45 del Reglamento general de Conductores,
aspiren a un Certificado de Aptitud de Profesor limitado a enseñanzas de
carácter teórico.
8. Sistema de
calificación
8.1 Prueba previa de selección.–La calificación de las
pruebas teórica y práctica de la prueba previa de selección, será de apto o no
apto.
En la prueba teórica se calificará de no apto a
los aspirantes que hayan cometido más de dos errores en las respuestas a las
preguntas formuladas sobre las materias que se indican en la base 4.1.
En la prueba práctica serán calificados de no
apto los aspirantes que no demuestren un adecuado dominio del vehículo y sus
mandos o el cumplimiento de las normas y señales reguladoras de la circulación
de conformidad con el criterio que establezca el Tribunal Calificador.
8.2 Fase de enseñanza a distancia.–En las
evaluaciones de esta fase, cada una de las materias o asignaturas que se
indican en la base 5.1 será calificada de cero a diez puntos.
Para superar cada materia o asignatura será
necesario contestar correctamente, en cada evaluación, al menos, a siete
preguntas de las diez formuladas, correspondiendo a las siete respuestas
correctas la puntuación de cinco puntos según la tabla que figura a
continuación.
|
Aciertos |
Puntuación |
|
0 |
0,00 |
|
1 |
0,71 |
|
2 |
1,43 |
|
3 |
2,14 |
|
4 |
2,86 |
|
5 |
3,57 |
|
6 |
4,29 |
|
7 |
5,00 |
|
8 |
6,67 |
|
9 |
8,33 |
|
10 |
10,00 |
8.3 Fase de formación presencial.–Esta
fase del curso se calificará por el sistema de evaluación continua, con
posibilidad de recuperación de evaluaciones no superadas y con pruebas que
demuestren la integración y globalización de conocimientos.
Quienes no finalicen o no superen la fase de
presencia en el turno al que hayan sido convocados y hayan asistido, deberán
repetir las materias que no hayan superado en el turno que se determine por el
Tribunal, en la misma localidad si se hubiera programado más de un turno, o en
caso contrario, en otra distinta en la exista esa posibilidad.
Quienes, habiendo finalizado todos los turnos de
la fase de presencia, no hubieran superado todas las materias de la misma,
deberán repetir íntegramente la fase de presencia que se establezca en el
siguiente curso que sea convocado.
9. Gastos y derechos
de inscripción
Los solicitantes deberán abonar en concepto de
derechos de inscripción 43,12 euros en el momento de presentar la solicitud, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de
diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y del
artículo 81 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2010.
Los aspirantes que superen la fase de enseñanza
a distancia y pasen a realizar la fase de formación presencial abonarán
directamente a la empresa adjudicataria o Institución encargada de realizar
esta fase, la cantidad de 2.000 euros, incrementada, en su caso, con el IPC
acumulado hasta el 1 de enero del año de celebración del primer turno.
A los aspirantes que tengan que abandonar, una
vez iniciada, esta fase de formación por razones de enfermedad o causa mayor
debidamente justificada y valorada por el Tribunal calificador, se les
reintegrará el importe abonado a la empresa adjudicataria o Institución, una
vez deducida la parte proporcional al tiempo de formación consumido.
A los que superen la fase de presencia les será expedido, previo pago de la tasa correspondiente, el
certificado de aptitud de profesor de formación vial.
10. Información
Otras informaciones necesarias y complementarias
a las que figuran en la presente convocatoria se harán constar y darán a
conocer en las listas por las que se publiquen las distintas relaciones (de
admitidos y excluidos a la prueba previa de selección, de aptos en la prueba
previa de selección y admitidos a la fase de enseñanza a distancia, de
calificaciones obtenidas en las distintas evaluaciones, de haber superado la
fase de enseñanza a distancia, de citados a la fase de formación presencial u
otras) o mediante notas informativas que, en cualquier caso, se colocarán en
los tablones informativos de
Las citaciones para la realización de las
distintas pruebas constitutivas de la prueba previa de selección y evaluaciones
de la fase de enseñanza a distancia se colocarán en los mencionados tablones
con, al menos, veinticuatro horas de antelación.
11. Recursos
Contra las resoluciones definitivas y los actos
de trámite del Tribunal, si estos últimos deciden directa o indirectamente el
fondo del asunto, determinan la imposibilidad de continuar en la convocatoria,
o producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses
legítimos, los interesados podrán interponer en el plazo de un mes a contar a
partir del día siguiente al de su publicación o notificación recurso de alzada
ante el Director General de Tráfico.
Igualmente, los interesados pueden interponer
cualquier otro recurso que consideren conveniente para la defensa de sus
intereses.
12. Tribunal
calificador
El Tribunal calificador ajustará su actuación a
lo dispuesto para los órganos colegiados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, a cuyo efecto se reunirá cuantas veces sea necesario para
resolver cuantas dudas y cuestiones puedan plantearse en la interpretación de
A efectos de
comunicaciones y demás incidencias la sede del Tribunal será:
Tribunal para la obtención del Certificado de
aptitud de Profesor de Formación Vial. Área de Formación y Comportamiento de
Conductores. Dirección General de Tráfico. Josefa Valcárcel, 28, 28071 Madrid.
El Tribunal estará
compuesto por:
Presidente: Doña M.ª Almudena Pantojo Navarro
Presidenta suplente: Doña María Teresa Guelbenzu de San Eustaquio.
Secretario: Don Daniel Román Brovia.
Secretaria suplente: Doña
Vocales:
Doña Montserrat Pérez López.
Don
Don Manuel
Doña Ana Gil Escolano.
Vocales suplentes:
Don Antonio Sánchez Sainz.
Doña José Mª O’Mullony Aguado.
Doña Elena Valdés Rodríguez.
Doña Ángeles Díaz Serrano.
Madrid, 29 de diciembre
de 2011.–El
Director General de Tráfico, Pere Navarro Olivella.